IMPORTANCIA DE LA INSPECCION (VERIFICACION) DE BASCULAS


                                                           CONSIDERANDO

 

Que en materia de Metrología, la Ley de la Infraestructura de la Calidad tiene, entre otros objetivos, el de establecer la obligatoriedad de la medición en transacciones comerciales, a través del uso de instrumentos de medición que cumplan con las normas oficiales mexicanas y normas mexicanas para asegurar el precio o tarifa justa de bienes y servicios.

 

Que es responsabilidad del Gobierno Federal llevar a cabo las acciones necesarias para garantizar que los instrumentos de medición que se utilizan en el territorio nacional sean confiables y exactos, a fin de proteger los derechos de los consumidores en las transacciones comerciales.

 

Que los instrumentos de medición que sirven de base en transacciones comerciales, por su naturaleza o por su utilización, tienden a variar sus características metrológicas, y afectan con ello el patrimonio de los consumidores y/o usuarios al pagar éstos, injustificadamente, el precio de bienes o servicios que no reciben en su totalidad, por lo que es necesaria su verificación inicial, periódica o extraordinaria a fin de garantizar su funcionamiento.

 


NOM-010-SCFI-1994

NORMA OFICIAL MEXICANA, INSTRUMENTOS DE MEDICION-INSTRUMENTOS PARA PESAR DE FUNCIONAMIENTO NO AUTOMATICO-REQUISITOS TECNICOS Y METROLOGICOS, Y SU MODIFICACION PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 23 DE MAYO DEL 2003.


MODIFICACIÓN a la Lista de Instrumentos de Medición cuya verificación inicial, periódica o extraordinaria es obligatoria, así como las normas aplicables para efectuarla, publicada el 18 de abril de 2016.

INSPECCION PARA AJUSTE POR CALIBRACION DE INSTRUMENTOS DE MEDICION.

 

Procuraduría Federal del Consumidor | 22 de marzo de 2019

 

1.- ¿Por qué es obligatorio Inspeccionar  (Verificar ) mi báscula?

Con base en la Lista de Instrumentos de Medición cuya Inspección inicial, periódica o extraordinaria es obligatoria, así como las normas aplicables para efectuarla, del 18 de abril de 2016 (publicada en el Diario Oficial de la Federación); los instrumentos de medición que sirven de base en transacciones comerciales, por su naturaleza o por su utilización, tienden a variar sus características metrológicas, y afectan con ello el patrimonio de los consumidores y usuarios al pagar éstos, injustificadamente, el precio de bienes o servicios que no reciben en su totalidad, por lo que es necesaria su Inspección a fin de garantizar su funcionamiento.

2.- ¿Con que periodicidad debo Inspeccionar mi báscula?

Dependerá del modelo o prototipo del instrumento:

a) La Inspección es anual si el modelo o prototipo aparece en el listado de aprobación (publicado por la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía) y el mismo tiene una antigüedad menor a 10 años.

b) La Inspección es semestral si el modelo o prototipo no aparece en el listado de aprobación y el mismo tiene una antigüedad mayor a 10 años.

3.- ¿Dónde puedo consultar los modelos o prototipos?

El listado de aprobación de modelos o prototipos es publicado por la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía, en el link siguiente.

 


UNIDADES DE INSPECCION (VERIFICACION) ACREDITADAS ( UIA )

 

Las Unidades de Inspección Acreditada, son personas físicas o morales, que realizan actos de inspección, esto es, llevan a cabo actividades de evaluación de la conformidad a través de la constatación ocular o comprobación, mediante muestreo, medición, pruebas de laboratorio o examen de documentos en un momento o tiempo determinado, con la confianza de que los servicios que presta son conducidos con competencia técnica, imparcialidad y confidencialidad

En apego al art. 72 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización se pone a disposición el Listado de Unidades de Verificación aprobadas.